“La ignorancia y el oscurantismo en todos los tiempos no han
producido más que rebaños de esclavos para la tiranía”
Emiliano Zapata
Tal y como lo señala Emiliano Zapata, cuando una persona ignoran sus derechos, se encuentra en una situación vulnerable; mas quien sí los conozca, tendrá el poder de hacerlos valer.
Como se ha abordado en ediciones anteriores de Explicación Jurista, los derechos que todo mexicano posee se encuentran consagrados en los primeros veintinueve artículos de nuestra Carta Magna, más algunos que podemos localizar dispersos en los numerales restantes, y, como se acaba de mencionar, estos derechos se encuentran dedicados a todas las personas. Sin embargo, existe un apartado dedicado específicamente a los ciudadanos mexicanos, el cual incluye su denominación, derechos y obligaciones.
Para ahondar en este tema es necesario citar el artículo 34 de la constitución Federal, el cual establece lo siguiente:
Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:
I. Haber cumplido 18 años, y
II. Tener un modo honesto de vivir.
Como se puede apreciar, la ley señala que solamente quien reúna estos requisitos puede ser considerado ciudadano mexicano, y como tal puede ejercer los derechos señalados en al artículo 35, los cuales constan en tener voto en las elecciones y consultas populares, poder aspirar a cualquier cargo público y de representación popular, siempre con apego a la ley, asociarse para formar parte de los asuntos políticos del país, ejercer el derecho de petición, presentar iniciativas de ley, y finalmente, tomar armas en la Fuerza Armada para la defensa de la república.
Cabe mencionar que este último derecho fue reformado recientemente, ya que también se encuentra contemplado dentro del catálogo de obligaciones del ciudadano mexicano, lo cual representa una contradicción, pues como es conocido por los estudiosos de derecho, un individuo puede o no ejercer tal derecho, sin embargo, una obligación debe de cumplirse, pues de lo contrario se caería en una infracción al ordenamiento que la señale.
Ahora bien, trasladándonos a las obligaciones de todo ciudadano, éstas recaen en el artículo 36 constitucional, el cual establece lo siguiente:
Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:
Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes. La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley;
Formar parte de los cuerpos de reserva en términos de ley;
Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley;
Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de las entidades federativas, que en ningún caso serán gratuitos; y Fracción reformada
Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las de jurado. .
Juristas, esperamos este artículo sea de su agrado y contribuya a la formación profesional de todos los abogados y estudiantes de derecho que siguen nuestra página. Agradecemos sus comentarios y sugerencias para crecer y mejorar dentro de la comunidad de Estilo Jurista.
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